
ESTUDIO PREVIO
1. Definición de la necesidad que se pretende satisfacer con la contratación:
De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del numeral 4 del artículo 2 de
La calidad en los procesos de desarrollo de sistemas de información, que exige el mundo actual para el fortalecimiento de aplicaciones informáticas, hacen que la compañía SOFCI adecué nuevas tecnologías. El propósito principal de la adquisición de nuevos equipos tecnológicos (Computadores) es brindar a los desarrolladores las herramientas necesarias para la creación de aplicaciones que brinden solución a problemas.
Estos recursos han sido asignados como parte del proyecto de modernización de ambientes de desarrollo por parte de
Siguiendo el principio de economía, se definió adquirir los equipos necesarios para desarrollar aplicaciones informáticas, proceso que será realizado por el equipo Técnico en Sistemas.
Por lo anterior, para nuestra compañía la mejor forma y la más conveniente para satisfacer esta necesidad es celebrar un contrato de dotación con un proveedor que demuestre experiencia en la dotación e instalación de equipos de mesa para la formación de aplicaciones informáticas y que cumpla con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas y de calidad exigidas por la compañía SOFCI.
2. Descripción del objeto a contratar:
Objeto:
3. Especificaciones técnicas de los equipos.
Ver fichas Técnicas adjuntas
4. Obligaciones particulares del contratista:
El contratista se comprometerá a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Desarrollar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad con los parámetros establecidos en estos pliegos.
b) Entregar a la compañía los elementos dentro del término previsto dentro del plazo de ejecución.
c) Ejecutar el objeto del presente contrato bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta y los pliegos de condiciones, los cuales hacen parte vinculante del contrato.
d) El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta, costo y riesgo sin que la compañía SOFCI adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.
e) El contratista deberá avisar a la compañía SOFCI dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos de la compañía SOFCI. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen a la compañía SOFCI como consecuencia.
f) Proveer los elementos de óptima calidad objeto del presente contrato.
g) El contratista deberá atender todas las especificaciones y requerimientos técnicos, así como los tiempos de garantía.
h) Los elementos que resulten defectuosos, de mala calidad o de especificaciones inferiores a los contratados por la compañía SOFCI, deberán restituirlos el contratista a su costa por otros de buena calidad, nuevos y con las especificaciones requeridas, sin que implique modificaciones al plazo de entrega. Si el proveedor no restituye los elementos dentro del plazo estipulado por la compañía, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento o solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato.
i) El riesgo y propiedad del producto será asumido por parte del proveedor hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado.
j) El contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de pensiones y Salud según lo ordenado por
k) De conformidad con el Decreto 2474 de 2008, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de
l) El proveedor asumirá bajo su cargo la posibilidad de ocurrencia de acciones legales de embargo emprendidas contra él mismo, que pudiesen afectar el dinero entregado en forma de anticipo, de modo que no se produzca pérdida para a la compañía SOFCI
m) El contratista asumirá los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado.
n) El contratista asumirá los perjuicios sufridos con ocasión de la no inversión, el uso indebido y la apropiación indebida que el contratista garantizado haga de los dineros o bienes que se le hayan entregado en calidad de anticipo para la ejecución del contrato.
o) Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta la compañía SOFCI, a través del supervisor del contrato.
p) El contratista asumirá los perjuicios imputables al éste que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad o insuficiencia de la mala calidad del producto entregado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato.
q) Las demás contempladas en la legislación de contratación estatal vigente.
r) Dentro del plazo señalado como vigencia de la garantía, el Contratista se obliga a prestar la asesoría técnica e indicar las medidas de contingencia que se adelantarán en caso de funcionamiento anormal de los equipos, con las siguientes características.
- El soporte y asistencia técnica debe ser sin costo adicional para la compañía SOFCI.
- El proponente debe dejar de forma explícita la manera en que se prestarán los servicios soporte y la forma como se prestarán.
- El proponente se compromete a solucionar las situaciones que se originen por los problemas técnicos del objeto contratado.
- Un apartado donde se describan los procesos de servicio de soporte técnico posventa, detallando entre otros:
- Tiempo de respuesta
- Consultas telefónicas sobre fallas
- Asesoramiento y Asistencia técnica en sitio
5. Fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección:
Objeto:
El marco legal de la presente Selección Abreviada está conformado por
a) Ley 80 de 1993.
b) Ley 1150 de 2007.
c) Decreto 4444 de 2008
d) Decreto 2474 de 2008
e) Decreto 4828 de 2008.
f) Disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que le sean aplicables.
g) Estatuto Tributario.
h) El pliego de condiciones de la presente Selección Abreviada.
i) Las demás normas vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con
6. Análisis técnico y económico:
El valor de la contratación ha sido resultado del análisis, priorización y solicitud del
Nuestra compañía realizo un sondeo del mercado donde observa que está avaluado en DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($2.800.000) MCTE. INCLUYE EL IVA Y EL 4X 1000, Suma que es igual a la disponibilidad presupuestal prevista para tal efecto, correspondiente a la vigencia del año 2010, según certificados de disponibilidad presupuestal Nros. 001 del 28 de Abril de 2010, 002 del 29 de Abril de 2010 y autorización de vigencias futuras Ref. 1-2010-047625, emanada del Ministerio de Hacienda y Crédito público.
Consulta del precio indicativo en el SICE: De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 3512 de 2003, Acuerdo 004 de 2005 y Acuerdo 009 de 2006, se efectuaron las consultas de los códigos CUBS y de precio indicativo del servicio objeto de este proceso de selección con el fin de evitar sobrecostos en la contratación.
| Denominación del bien | Descripción general | Cubs | Precio Sice | Certificado de consulta Sice | Fecha de consulta |
| Computador de escritorio | Computador superior a 2.4 Ghz, memoria ram de 4 Gb, disco duro de 500 Gb | 1.47.1.1.32 | $2.400.000 | 4166662 | 2010-04-27 |
FICHAS TÉCNICAS
GRUPO 1: DOTACIÓN EQUIPOS DE ESCRITORIO
| ITEM | NOMBRE DEL EQUIPO | UND | CANT |
| 1 | COMPUTADOR DE ESCRITORIO | UND | 2 |
Todas las partes deben ser compatibles y deben permitir el ensamble, instalación y configuración de un equipo completo
FICHAS TÉCNICAS GRUPO 1
| 1. COMPUTADOR DE ESCRITORIO PARA ENSAMBLE | |||
| ITEM | Característica | Valor requerido | Valor ofrecido |
| 1 | PROCESADOR | INTEL CORE 2 DUO 3Ghz | |
| 2 | MEMORIA RAM | DDR3 DE 4 GB | |
| 3 | DISCOS DUROS | 500 GB | |
| 4 | TARJETA DE RED ALAMBRICA | ETHERNET 10/100/1000 | |
| 5 | PUERTOS USB | 4 | |
| 6 | PANTALLA | | |
| 7 | TARJETA DE SONIDO | INTEGRADA | |
| 8 | TARJETA DE VIDEO | 512 MB | |
| 9 | UNIDAD ÓPTICA | DVD/BLUE RAY | |
| 10 | MOUSE | INCLUIDO | |
| 11 | TECLADO | ESPAÑOL | |
| 12 | CABLES INTERNOS | TODOS LOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO | |
| 13 | COMPATIBILIDAD CON SISTEMAS OPERATIVOS | WINDOWS XP, WINDOWS VISTA, WINDOWS 7 Y AL MENOS UNA DISTRIBUCIÓN DE LINUX, DEBE ENTREGARSE LOS MEDIOS CON LOS DRIVERS PARA WINDOWS VISTA Y | |
| 14 | LICENCIA DE SISTEMA OPERATIVO | INCLUIDA | |
| 15 | FACTOR DE FORMA | SFF, OPCIONAL | |
| 16 | MANUALES | INCLUIDOS PARA TODAS LAS PARTES EN MEDIO MAGNÉTICO | |
| 17 | PESO | ESPECIFICAR | |
| 18 | DIMENSIONES (LargoxAnchoxAlto) | ESPECIFICAR | |
| 19 | GARANTÍA | 1 AÑO PARA PARTES. | |
| 20 | FORMA DE ENTREGA | ENSAMBLADO CON UN SISTEMA FUNCIONANDO | |
7. Justificación de los factores de selección que permiten identificar la oferta más favorable para la entidad.
La oferta más favorable para la entidad se seleccionará de acuerdo a los factores técnicos, económicos, legales y financieros, concerniente a las necesidades a satisfacer de la compañía.
8. Estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato:
De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, la compañía SOFCI, ubicada en la carrera 42 E # 118 - 60, entiende por riesgo aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato se pueden presentar y afectar el normal suministro de equipos y como consecuencia retrasar o suspender la ejecución del contrato, afectando así el equilibrio económico del contrato para uno o ambos extremos contractuales.
En general los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes técnicos, económicos y financieros para el cabal cumplimiento de las
Obligaciones contraídas en el contrato.
A partir del perfeccionamiento del Contrato el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se desprendan de la ejecución del Contrato, sus anexos o que se deriven de su naturaleza.
Por tanto no procederán reclamaciones del contratista basadas en el acaecimiento de alguno de los riesgos que fueran asumidos por el contratista, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el contrato.
Para este tipo de contratación la compañía SOFCI ha previsto los siguientes riesgos:
DEFINICION DE RIESGO
La compañía SOFCI entiende por RIESGO cualquier posibilidad de afectación con el suministro, prueba y puesta en funcionamiento la dotación incluida en la presente licitación, que retrase o suspenda la ejecución del contrato, o perjudique en cualquier forma y de acuerdo con la tipificación de los riesgos a funcionarios, terceros o cualquier otro ser humano en su integridad y salud física y mental. El suceso que prevé el riesgo deberá tener relación directa con la ejecución del contrato para que sea asumido como un riesgo del actual proceso de contratación.
CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS
Existen diversas formas de clasificar los riesgos:
• Por su procedencia
• Por el momento en que se pueden producir
• Por las causas desde las cuales se produce
• Por las áreas que llegue a afectar.
Para la compañía SOFCI, los riesgos del actual proceso de contratación se clasificarán según su procedencia y momento, sin tener en cuenta las causas y las áreas que llegue a afectar, toda vez que tal daño será siempre dentro de la ejecución del contrato.
CLASIFICACIÓN DEL RIESGO POR SU PROCEDENCIA
Se clasifican y tipifican los riesgos según su procedencia, así:
Riesgos de carácter jurídico
Riesgos de carácter financiero
Riesgos de carácter técnico
Riesgos de carácter económico.
Otros Riesgos
Riesgos de carácter económico: El contratista al momento de presentar su propuesta debe contemplar en la misma la variación que se puede presentar en los precios de los equipos que se requieren para el laboratorio de televisión digital, durante la ejecución del contrato, por lo tanto independientemente de las alzas o incrementos en los precios, se deberá mantener el precio contenido en la propuesta económica presentada por el contratista y no podrá hacer variaciones que impliquen desmejora de la calidad o características técnicas exigidas en la ficha técnica.
Riesgos de carácter técnico: El contratista deberá atender todas la especificaciones y requerimientos técnicos estipulados en la ficha técnica según los pliegos de condiciones y en el contrato suscrito por las partes, por lo tanto si al momento de la entrega y recibo de los equipos ofertados se evidencian variaciones entre lo contratado y lo ejecutado el contratista deberá asumir todo el riesgo y por ende responderá en su totalidad por los perjuicios ocasionados al extremo contractual. En este caso el riesgo se asigna en su totalidad al contratista.
Riesgos por modificación al régimen de impuestos:
Si durante la ejecución del contrato y con ocasión de modificaciones a la normatividad vigente en materia tributaria, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean otros, siempre que estos estén afectando el contrato en ejecución, el contrato podrá ser modificado, adicionando el valor faltante para que el equilibrio económico se mantenga. Este riesgo será asumido por la entidad contratante, como ocurre con la contribución del 4*1000. Cuando se trate de impuestos que representen una carga exclusiva para el contratista éstos deberán ser asumidos de manera inmediata por él y no habrá lugar a que el contrato sea modificado para adicionar el valor faltante. La probabilidad de ocurrencia de este evento es baja y el impacto en el equilibrio contractual es bajo y se asigna en su totalidad al contratante en el primer caso y en el segundo totalmente al contratista
9. Análisis que sustenta la exigencia de garantías destinadas a amparar los perjuicios de naturaleza contractual o extracontractual, derivados del incumplimiento del ofrecimiento o del contrato.
El CONTRATISTA seleccionado con la adjudicación del contrato derivado de este proceso, deberá constituir a favor de la compañía SOFCI, una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en formato para entidades particulares, o garantía bancaria expedida por un banco local, que otorgue los siguientes amparos:
· De cumplimiento, por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por el término de su duración y cuatro (4) meses más, contados a partir del perfeccionamiento del contrato.
· De calidad de los elementos: Por un valor equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato y con un término de vigencia igual a la duración del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha del acta de recibo a satisfacción.
· Buen manejo y correcta inversión del anticipo: Por un monto equivalente al 100% del monto que el contratista reciba a título de anticipo, por el término de duración del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir del perfeccionamiento del contrato.
En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Decreto 4828 de 2008 y las modificaciones al mismo mediante Decreto 2493 de 2009.
Las garantías expedidas a favor de la compañía SOFCI deberán ser aprobadas como requisito para suscribir el Acta de Inicio del contrato. En el evento de modificación del valor y/o plazo del contrato, las garantías deberán ser ampliadas y/o prorrogadas.
10. PLAZO DE EJECUCIÓN: El contrato que se genere de este proceso se debe ejecutar en cinco días calendario, contados a partir de la legalización del Contrato.
11. LUGAR DE EJECUCIÓN O SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES: El proveedor deberá hacer entrega de los bienes o productos requeridos por la compañía SOFCI, en las oficinas Carrera 42 E # 118 – 60.
12. SUPERVISIÓN: La supervisión del contrato estará a cargo de quien la compañía SOFCI delegue del área de Informática.
PRESUPUESTO ESTIMADO: El presupuesto oficial del contrato será de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS ML ($6.436.000) MCTE. INCLUYE EL IVA Y EL 4X 1000, para la compra de equipos de sistemas para la dotación de quipos informáticos. La presente contratación se financia con recursos provenientes del Presupuesto de Inversión asignado a la Compañía SOFCI.
13. FORMA DE PAGO
La compañía SOFCI cancelará al Contratista un anticipo equivalente al 50% del valor del contrato, para la dotación de equipos informáticos; una vez perfeccionado y legalizado y el pago final, previo recibo a satisfacción de los bienes objeto de la contratación por parte de la supervisión quien verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ficha técnica y con la presentación de la factura respectiva.
14. CONCLUSIÓN
Una vez analizados los aspectos anteriores el Comité considera que es viable, conveniente y oportuno adelantar el proceso de selección y contrato respectivos para satisfacer la necesidad aquí determinada. Con la presentación de este estudio, queda evidenciada la necesidad del contrato tendiente a cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de objetivos de la compañía SOFCI.